Tanto la legislación argentina, así como las de otros países, permiten que haya empresas que puedan vender información crediticia.
Sin embargo, existen algunos límites legales en este sentido.La ley establece que en la prestación de servicios de información crediticia personal o empresarial, solamente se puedan tratar datos personales que sean de carácter patrimonial y se relacionen con la solvencia económica y el crédito.
Asimismo, estos tienen que haber sido obtenidos a través de fuentes que sean accesibles al público o procedan de informaciones facilitadas por el interesado o contando con su consentimiento.
De igual modo, se pueden tratar datos personales relacionados con el cumplimiento o incumplimiento de determinadas obligaciones de contenido patrimonial que hayan sido facilitadas por el acreedor o quien actúe por su interés o cuenta.
En la ley argentina también se señala que la prestación de servicios de información crediticia no va a ameritar del consentimiento previo del titular de los datos a los efectos de su cesión, ni la comunicación subsiguiente de esta cuando se encuentren relacionadas con la realización de las actividades crediticias o comerciales de los cesionarios.
¿Qué derechos se tienen sobre los datos personales?
En el derecho argentino existen derechos fundamentales como el acceso a la información comercial, conocer el contenido, borrar datos que sean falsos o inexactos, así como solicitar la caducidad del dato que haya transcurrido en un plazo legal del pago o la mora.
Derecho a tener acceso
A solicitud bien sea del titular de los datos, el responsable o el usuario del banco de datos, se darán a conocer las informaciones, evaluaciones y las apreciaciones que en torno al mismo se hayan comunicado durante los últimos seis meses, así como el nombre y domicilio del cesionario en el supuesto de que se traten de datos personales que se hayan obtenido por cesión.
El responsable debe ofrecer la información solicitada dentro de los diez días corridos de que esta haya sido intimada de manera fidedigna.
Derecho a aclarar el dato
Si aparece como un deudor, pero tiene un reclamo contra la entidad financiera en el que cuestiona la verdad del dato, posee el derecho a que esta situación se solucione. Para esto, tiene que pedir por escrito que en las aclaraciones pertinentes en el registro se esclarezca este error,
Estas acciones propiciarán que cuando el informe con la información crediticia de una persona sea visto, quede más claro que está siendo cuestionado el dato, lo que fue aceptado por un fallo en la corte.
Derecho a que se elimine la información inexacta
Aunque se puede pedir que se eliminen datos falsos o inexactos, no ocurre lo mismo si estos son verdaderos, con la salvedad que se trate del derecho al olvido. Para ello, el responsable o usuario del banco de datos tiene que proceder a rectificar, suprimir o actualizar los datos personales del afectado.
Estas operaciones tienen que hacerse en un plazo de cinco días hábiles como máximo de que se haya recibido el reclamo del titular de los datos o en su defecto, advertido la falsedad o el error. Asimismo, esto tiene que notificarse a aquellos que han consultado la información en torno al cambio que se haya producido.
Derecho al olvido
La ley dispone que solamente pueden archivarse, registrarse o cederse aquellos datos personales que sean significativos para poder evaluar la solvencia económica-financiera que tienen los afectados durante los últimos cinco años.
Este plazo va a reducirse a dos años cuando cancele el deudor o en su defecto, se extinga la obligación, siendo necesario hacer constar este hecho. En dichos supuestos, deberá borrarse la información crediticia en Argentina aunque sea cierto si el plazo legal se ha vencido.
Esta es una normativa que por objeto busca que el derecho al olvido sea efectivo, de manera que quien haya sido deudor en algún momento, tenga la posibilidad de reinsertarse nuevamente en el sistema financiero.

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